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Artículo 21: Los Asociados activos, vitalicios, diplomáticos, corporativos y temporales que sean solteros, viudos o divorciados, así como los Asociados juveniles, podrán solicitar una Tarjeta de Acompañante para una persona de buena reputación, soltera, viuda o divorciada. El Consejo Directivo reglamentará los requisitos y condiciones para la emisión de las tarjetas de acompañante. Esta tarjeta será válida hasta tres meses renovables. Las tarjetas de acompañante son válidas solamente cuando el invitado está en compañía del invitante.
Requisitos
Los Asociados activos, vitalicios, diplomáticos, corporativos y temporales que sean solteros, viudos o divorciados, así como los asociados juveniles, podrán solicitar una Tarjeta Rotativa. El Consejo Directivo reglamentará los requisitos y condiciones para la emisión de la Tarjeta Rotativa, la cual consta de 30 casilleros que serán sellados cada vez que el Asociado asista al Club en compañía de su invitado (con dicha tarjeta podrá ingresar con 2 invitados por día).
Requisitos
Artículo 20: El Asociado ausente podrá visitar el Club y usar sus instalaciones por no más de 45 días cada año calendario, sin perder su condición de tal. Si usase el Club o permaneciera en el país o en el Departamento de Lima o la provincia Constitucional del Callao por más de 45 días deberá asumir necesariamente las obligaciones de Asociado activo presente. Si vuelve a ausentarse se considerara un nuevo período de ausencia.
Requisitos
Artículo 22: Los Asociados activos, vitalicios, diplomáticos, corporativos, temporales, así como sus cónyuges, podrán invitar a personas no pertenecientes al Club, cumpliendo los requisitos y limitaciones que prescribe el artículo 23, responsabilizándose por su comportamiento y por las deudas que pudieran dejar en el Club. Podrán también solicitar una invitación hasta por un plazo no mayor de 8 días para personas no residentes en el país.
Requisitos
Los Asociados activos que permanezcan en forma continua 6 meses o más fuera del país o del Departamento de Lima, podrán solicitar su cambio de categoría.
Requisitos
Los Asociados ausentes que retornen a radicar a Lima deberán realizar el cambio de su categoría.
Requisitos
Artículo 12: Los hijos dependientes de los Asociados activos o vitalicios, podrán continuar en esta categoría sin adicionar créditos, hasta cumplir los 28 años de edad.
Requisitos
Notas: Una vez aprobada la Solicitud, el Juvenil Dependiente deberá solicitar la emisión de un nuevo carné.
Artículo 8: Cuando un Asociado activo o vitalicio renuncia o se le separa del Club, los derechos de sus familiares se pierden, salvo que tengan la categoría de Asociados juveniles y siempre que no interrumpan su vínculo con el club por más de 2 años.
Requisitos