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10 de Mayo 2024

Se posterga la fecha de llevar sus registros en el SIRE

Se posterga la fecha de llevar sus registros en el SIRE

Con fecha 22 de diciembre de 2023, se ha publicado la Resolución de Superintendencia N.º 000258-2023/SUNAT, mediante la cual la SUNAT posterga al periodo abril de 2024 la obligatoriedad del uso del SIRE para los contribuyentes del régimen general que se encontraban obligados a su uso desde enero de 2024.

Cabe recordar que, inicialmente, los referidos contribuyentes se encontraban obligados a usar el SIRE desde octubre 2023; sin embargo, por las dificultades en su implementación, mediante la Resolución de Superintendencia N.° 000204-2023/SUNAT su uso fue diferido a enero de 2024.

El día de hoy, nuevamente, la SUNAT posterga el uso del SIRE con el objetivo de otorgar un tiempo adicional para su implementación. De esta forma, los contribuyentes del régimen general que se encontraban obligados a llevar su Registro de Ventas e Ingresos y su Registro de Compras a través del SIRE desde enero de 2024 deberán usar el sistema desde abril de 2024.

La postergación bajo comentario no resulta aplicable a (i) los contribuyentes que la SUNAT ha designado como PRICOS; y, (ii) los contribuyentes que están comprendidos en el Régimen Especial del Impuesto a la Renta o el Régimen MYPE Tributario que tienen la obligación de usar el SLE-PLE y el SLE-Portal, respectivamente, los cuales se rigen por un plazo distinto.


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